La Junta de Política y Regulación Financiera, mediante la Resolución JPRF-F-2023-076 emitida el 11 de septiembre de 2023 (en adelante, la «Resolución»), autoriza que las compañías que cumplan con los requisitos que más adelante se expondrán, se dediquen a las actividades de concesión de créditos digitales a través de plataformas digitales.
De acuerdo a lo expuesto en la Resolución, la concesión digital de créditos es “el proceso relacionado al otorgamiento de créditos que implica al menos la promoción, evaluación del perfil de riesgo del cliente, aprobación y desembolso, automatizados en gran medida por el uso de tecnologías digitales, a través de plataformas electrónicas. Se excluye todo lo referente a financiamiento colectivo.”
Cabe notar que las entidades de concesión digital de créditos no estarán facultadas para captar recursos del público con la finalidad de intemediación pero, podrán conceder créditos directos y emitir tarjetas de crédito.
Para ejecutar las operaciones objeto de la Resolución, la Fintech deberá contar con un capital suscrito y pagado de, al menos, USD 200,000.00. De igual forma las entidades deberán cumplir con lo siguiente:
1. Proporcionar a los clientes información precisa y transparente sobre los términos y condiciones de sus productos y servicios financieros.
2. Estar calificado por la Superintendencia de Bancos.
3. Respaldo de la aceptación expresa del producto.
4. Contar con scores de crédito para evaluar la capacidad de pago del cliente.
5. Contar con instrumentos que permitan calcular el monto total del crédito y los pagos periódicos requeridos.
6. Protección a los usuarios financieros, cumpliendo mínimo con lo siguiente:
a. Proporcionar información completa y clara sobre los beneficios, riesgos y condiciones de los productos.
b. Garantizar que la información proporcionada sea justa, clara y transparente, independientemente del formato.
c. Mantener información actualizada y fácilmente accesible.
d. Revelar su identidad en documentos y contratos con los usuarios financieros.
7. Desarrollar políticas, procedimientos y controles que equilibren su salud financiera con la capacidad de gestionar de manera efectiva los riesgos asociados a sus actividades comerciales, teniendo en cuenta su tamaño y naturaleza.
8. Contar con un Oficial de Cumplimiento.
9. Sujetarse a las demás regulaciones emitidas por la Junta de Política y Regulación Financiera.
La Superintendencia de Bancos será la entidad encargada de supervisar y controlar estas entidades, así como de establecer los criterios para su calificación. Así, la Superintendencia tomará a consideración las políticas, procesos, procedimientos y metodologías relacionadas con el gobierno corporativo, la gestión de riesgos y la administración de las compañías para
calificarlas. Es importante notar que la Superintendencia también observará aspectos relacionados con la ciberseguridad y la protección de la información.
La Superintendencia de Bancos tiene un plazo de dos (2) meses a partir de la publicación de la Resolución, para emitir las normas relacionadas con la calificación de las entidades de concesión digital de créditos.
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